En cumplimiento de lo establecido en los artículos 76, 79 y 90 del CCT, requerimos que el organismo convoque al Comité y asegure el cumplimiento de los procedimientos de evaluación establecidos para todas las trabajadoras y todos los trabajadores.
A tal fin, designamos a nuestros veedores gremiales, quienes deberán participar del proceso para garantizar transparencia, regularidad y respeto de los derechos laborales:
– Gabriel Feola
– María Belén Sánchez
Reafirmamos nuestro compromiso con la defensa de cada derecho conquistado y con la participación activa en todos los espacios donde se definen las condiciones laborales de quienes trabajamos en el Poder Judicial de la Ciudad.
11_MPT_-Designa-Veedores-Gremiales




