El teletrabajo es la regla

Frente al nuevo aislamiento, continúan vigentes las siguientes medidas adoptadas por el Consejo de la Magistratura de la Ciudad mediante la resolución 57/2021.

La presencialidad es la excepción, solo para los siguientes casos (resoluciones 58 y 59 del 2020): 

  • Atención en amparos, medidas cautelares o asuntos de carácter alimentario  
  • Atención mediante turno asignado a letrado 
  • Prisión preventiva, libertad, habeas corpus o resolución de medidas restrictivas o de prueba que no admitan demora.  
  • La dotación para cumplir con esas diligencias debe ser mínima. 

El cumplimiento de la resolución 57/2021 es un compromiso de todos y todas, sin importar el cargo. 

Nadie puede obligarte a incumplir con lo que dice el consejo. ni para despachar cuestiones de mero trámite, ni para digitalizar, ni para nada que no sea lo estrictamente permitido. 

De su cumplimiento depende la salud de todos y todas. Tu sindicato te respalda. 

Cualquier duda consultá con tus delegados y delegadas.