Compañeros/as
Hace tiempo que SITRAJU – CABA a nivel local junto a nuestra Federación (FE SITRAJU) venimos realizando distintas acciones en torno a la cuestión del Impuesto a las Ganancias, planteando la problemática de los empleados y funcionarios judiciales que, habiendo ingresado con posterioridad a enero del 2017, eran alcanzados por el régimen del Impuesto a las Ganancias.
Hoy reunidos en el Consejo de la Magistratura, en el marco de la mesa salarial, este sindicato solicitó que el Consejo de la Magistratura de la CABA adhiera al Protocolo de Procedimiento para la Implementación de Ganancias votado hoy, jueves 28 de febrero, por el plenario de Consejeros de la Magistratura de la Nación. Ante este requerimiento, el Presidente del Consejo se comprometió a arbitrar las medidas conducentes para adherir al citado protocolo.
¿Que implica adherir a este protocolo?
Se aclara sobre quienes se encuentran alcanzados al cobro del impuesto, y sobre que base se deducirá el mismo.
Respecto a los sujetos alcanzados, sólo se encontrarán alcanzados por el impuesto:
Empleados, funcionarios y/o magistrados designados a partir del primero de enero de 2017.
Quienes hayan ingresado con antelación se encontrarán exentos de la aplicación del impuesto. Incluso cuando sean efectivizados y/o promovidos con posterioridad al 1 de enero de 2017.
En cuanto a la base imponible, en los términos del art. 82, inc e de la Ley de Ganancias, NO se tributara sobre los siguientes rubros:
– Compensación jerárquica
– Dedicacion funcional
– Bonificación por Título
– Bonificación por Antigüedad
– Permanencia en el cargo
Siendo tributable al respecto el índice “sueldo básico”
Oportunamente, y una vez formalizado a través de la resolución correspondiente el compromiso por parte del Sr. Presidente de la Magistratura, informaremos con más detalle.