Licencia por donación de órganos, sangre y plasma

ARTÍCULO 56 ter.- Licencia extraordinaria por donación de órganos

El/la trabajador/a tiene derecho a una licencia extraordinaria por donación de órganos con goce íntegro de haberes por el lapso que determine el profesional de la salud que intervenga en dicho procedimiento. La situación deberá ser comunicada al área de personal de la jurisdicción donde revista presupuestariamente, con la antelación que dicha circunstancia permita, mediante el certificado médico correspondiente.

Licencias

Justificación de inasistencias

ARTÍCULO 69.- Justificación de Inasistencias Los/as trabajadores/as tienen derecho a la justificación de inasistencias, con percepción de haberes, por las causales y por el tiempo que para cada caso se establece a continuación: a) Casamiento o Unión Civil de hijo/a: 2 (dos) días laborables; b) Por fallecimiento del/la cónyuge, hijos/as, padres o hermanos/as: 5 (cinco) […]